Como abogados de accidentes laborales en Zaragoza Huesca y Teruel, hemos leído el B.O.E de 21 de julio de 2014, que publica el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Destar que en dicha normativa se prevé que el médico de la mutua que asista al trabajador podrá considerar que la patología causante es de carácter común y remitir al trabajador al servicio público de salud para su tratamiento. Y es importante dicha cuestión dado que no es lo mismo a efectos econconomico para el trabajaor que una enfermedad o accidente sea por causas detrivadas del trabajo o no.
A partir de ahora, combra mayor importancia que el trabajador formule reclamación con relación a la consideración del caracter común del accidente o enfermedad si el Instituto Nacional de la Seguridad Social no contradice a la mutua. Para ello, podrá contar el trabajador con nuestros servicios como abogados de accidentes laborales en Zaragoza, Huesca y Teruel.